Últimamente estoy recibiendo muchas consultas sobre los químicos que son desinfectantes en el ámbito de las Industrias Alimentarias. Me consultan para el uso de estos productos es necesario el curso específico de manipulador de productos plaguicidas. Esto se debe a que Sanidad ha incluido muchos productos, que antes no lo eran, como biocidas/plaguicida, por tanto, ahora es necesario que el personal aplicador tenga el correspondiente curso específico, esto supone un gran problema para muchas empresas.
Mi consejo es que se modifiquen algunas metodologías de trabajo, separando el trabajo de desengrasar en primer lugar y posteriormente hacer el trabajo de desinfección (con un producto no corrosivo), ya que la mayor parte de los productos desinfectantes son de uso exclusivamente profesional (sin obligación de curso específico).
Es el carácter alcalino (carácter corrosivo) del desinfectante lo que lo que implica el cambio de consideración del producto.
En resumen:
Cuando en la Hoja de Seguridad aceptada por Sanidad del producto contenga la frase: «uso por personal especializado», es necesario el curso específico de plaguicidas para el personal que lo manipule.
Cuando en la Hoja de Seguridad aceptada por Sanidad del producto contenga la frase: «uso exclusivo personal profesional», no es necesario el curso específico de plaguicidas.
Nota: Adjunto hoja aclaratoria que en su momento editó ADELMA (Asociación de fabricantes de detergentes y actividades afines.
De acuerdo con la Orden de 3 de marzo de 1994, que regula exclusivamente la capacitación del personal especializado, siempre que en la resolución de autorización del producto desinfectante figure aplicación “Exclusivamente por Personal Especializado” obligatoriamente el personal que utilice dicho producto tiene que tener el carné de aplicador, independientemente de cuál sea su actividad profesional o de si el tratamiento se realice para fines propios o para terceros.
Aunque en los productos desinfectantes existen las categorías de personal profesional y personal especializado, únicamente está regulada la capacitación del personal especializado, ya que la aplicación por personal profesional se estableció en una ponencia con las Comunidades Autónomas y sólo existe para los productos desinfectantes, pero no está incluida en la disposición mencionada en el párrafo anterior.
Ejemplos:
Si un trabajador de la industria alimentaria emplea un producto desinfectante autorizado para personal profesional para limpiar las superficies sobre las que elabora un alimento no está obligado a tener el carné de aplicador.
Si un trabajador de la industria alimentaria emplea un producto desinfectante autorizado para personal especializado para limpiar las superficies sobre las que elabora un alimento está obligado a tener el carné de aplicador.
Si necesitas más información, y los productos adecuados para tu empresa, ponte en contacto con nosotros: joseleal@comercialardely.com
Si necesitas saber la tipología del uso de un producto biocida, consulta directamente en la Web de Sanidad, aquí encontraras el registro de las Hojas de Seguridad de todos los productos Biocidas del mercado, y recuerda, si no está en este Registro, NO SE PUEDE USAR.
Autor: José Leal
Dirección Técnica de Comercial Ardely